25 de julio de 2026 · Por Elena Ruiz Martín · 10 min de lectura

Cómo calcular la paga extra de Navidad 2026

Calcular la paga extra de Navidad 2026 es sencillo si conoces tres datos: el importe de la paga completa según tu convenio, el periodo de devengo y los días que has estado de alta dentro de ese periodo. El error más habitual es dar por hecho que siempre se cobra íntegra, cuando en realidad se genera día a día.

En esta guía repasamos la fórmula oficial, cuándo se abona, cómo afecta el IRPF, qué ocurre si te incorporaste a mitad de año o has estado de baja, y una tabla de ejemplos con importes brutos y netos por nivel salarial.

Qué dice la ley sobre las pagas extraordinarias

El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año: una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio colectivo, habitualmente junio o julio. El importe y el periodo de devengo los concreta el convenio de aplicación.

El mismo artículo permite que, por convenio, las extras se prorrateen en las doce mensualidades. En ese caso no cobrarás una paga adicional en diciembre porque ya la estás percibiendo repartida mes a mes; tu nómina ordinaria es más alta pero el total anual es el mismo.

En la mayoría de convenios la extra equivale a una mensualidad de salario base más antigüedad, sin incluir complementos variables como productividad, nocturnidad o dietas. Conviene revisar el texto del convenio porque hay sectores (banca, seguros, sanidad privada) donde la extra incluye más conceptos.

Fórmula para calcular la paga extra de Navidad

La fórmula del devengo proporcional es la siguiente: Paga extra = (Importe de la paga completa ÷ 365) × días trabajados dentro del periodo de devengo.

Si tu convenio establece un devengo anual (del 1 de enero al 31 de diciembre) y has trabajado todo el año, cobrarás la paga íntegra. Si el devengo es semestral (del 1 de julio al 31 de diciembre), el cálculo se hace sobre 182 o 184 días según el año.

Con salarios anuales pactados en catorce pagas, el importe de cada extra es simplemente el salario bruto anual dividido entre catorce. Con doce pagas prorrateadas, el concepto ya viene incorporado en la nómina mensual.

Tabla de ejemplos: importe de la paga extra de Navidad 2026

Estos son los importes orientativos de la extra de Navidad para distintos niveles salariales, suponiendo catorce pagas, devengo anual completo y un trabajador soltero sin hijos.

Paga extra de Navidad 2026 según salario bruto anual (14 pagas)

Bruto anualExtra bruta% IRPFIRPF sobre la extraExtra neta
16.576 € (SMI)1.184 €1,5 %18 €1.166 €
21.000 €1.500 €10,4 %156 €1.344 €
25.000 €1.786 €13,6 %243 €1.543 €
30.000 €2.143 €16,5 %354 €1.789 €
40.000 €2.857 €21,3 %609 €2.248 €
55.000 €3.929 €26,4 %1.037 €2.892 €

Importes orientativos. La retención efectiva depende del Modelo 145, la comunidad autónoma y los complementos incluidos en la extra según convenio.

Ejemplo práctico paso a paso

Caso 1: trabajador con el año completo

Sara cobra 28.000 € brutos anuales en catorce pagas y su convenio fija el devengo de la extra de Navidad del 1 de enero al 31 de diciembre. Su paga extra completa es 28.000 ÷ 14 = 2.000 € brutos. Como ha trabajado los 365 días, cobra la extra íntegra. Con una retención del 15,4 %, la extra neta es de unos 1.692 €.

Caso 2: alta a mitad de año

Diego se incorporó el 1 de mayo de 2026 con el mismo salario. Dentro del periodo de devengo anual ha trabajado 245 días. Su extra es (2.000 ÷ 365) × 245 = 1.342 € brutos. Aplicando su retención, que será más baja porque su retribución prevista del año es menor, el neto ronda los 1.220 €.

Caso 3: baja por incapacidad temporal

Durante una baja por enfermedad común el contrato sigue vigente, así que se sigue devengando la extra salvo que el convenio diga expresamente lo contrario. En la práctica, la mayoría de convenios mantienen íntegro el devengo de las pagas extraordinarias durante la IT.

Cuándo se cobra y cómo tributa

La paga extra de Navidad suele abonarse entre el 15 y el 22 de diciembre; muchos convenios fijan como límite el día 22, coincidiendo con el sorteo de Lotería de Navidad. La extra de verano se paga habitualmente en junio o julio.

Fiscalmente, la extra es rendimiento del trabajo y soporta la misma retención de IRPF que la nómina ordinaria: no tributa aparte ni a un tipo especial. Lo que sí cambia es la cotización: las bases de cotización ya incluyen el prorrateo de las extras mes a mes, por lo que en la nómina de la extra no se descuenta Seguridad Social adicional. Esa es la razón de que el neto de la extra sea proporcionalmente mayor que el de una nómina normal.

Si la extra se cobra dentro de un finiquito, la parte proporcional devengada y no abonada debe figurar como concepto independiente y también tributa como rendimiento del trabajo.

Prorrateo: ¿me conviene cobrarla repartida?

El prorrateo solo está permitido si lo autoriza el convenio o se pacta por escrito. Económicamente el total anual es idéntico; la diferencia es de tesorería y de percepción psicológica: cobrar más cada mes facilita la gestión del presupuesto familiar, mientras que recibir un importe grande en diciembre funciona como ahorro forzoso.

Un matiz importante: si el prorrateo no está permitido por convenio y la empresa lo aplica igualmente, la Inspección de Trabajo puede considerar que las extras no se han abonado y obligar a pagarlas de nuevo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad 2026?

Depende del convenio, pero lo habitual es entre el 15 y el 22 de diciembre. Muchos convenios fijan el 22 de diciembre como fecha límite de abono.

¿Cómo se calcula la paga extra?

Con la fórmula (importe de la paga completa ÷ 365) × días trabajados en el periodo de devengo. Si cobras en 14 pagas, la paga completa es tu salario bruto anual dividido entre 14.

¿Se descuenta Seguridad Social de la paga extra?

No de forma adicional. Las extras ya están prorrateadas en las bases de cotización mensuales, por lo que en la nómina de la extra solo se descuenta IRPF.

¿Y si llevo menos de un año en la empresa?

Cobras la parte proporcional a los días trabajados dentro del periodo de devengo fijado por tu convenio. Con seis meses trabajados de un devengo anual, aproximadamente la mitad de la extra.

¿Puede la empresa aplazar el pago de la extra?

Solo con acuerdo colectivo o pacto expreso. Retrasar el abono sin justificación permite reclamar la cantidad más el 10 % de interés anual por mora salarial (art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).

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