Calculadora cuota autónomos 2026
Introduce tu rendimiento neto mensual estimado y obtén la cuota mensual que te corresponde según la tabla oficial 2026 del sistema de cotización por ingresos reales.
Actualizado: enero 2026
Tu rendimiento
Ingresos − gastos deducibles, dividido entre 12 meses.
Cuota mensual estimada
350 €
- Tramo aplicable
- 1700 € – 1850 €
- Base de cotización mínima
- 1143,79 €
- Cuota anual (12 meses)
- 4200 €
- % sobre rendimiento
- 19.4%
Tabla completa de tramos 2026
Cuota mensual orientativa según rendimiento neto mensual (RDL 13/2022, tabla general fase final).
| Rendimiento neto mensual | Base mínima | Cuota mensual |
|---|---|---|
| 0 € – 670 € | 735,29 € | 200 € €/mes |
| 670 € – 900 € | 816,99 € | 220 € €/mes |
| 900 € – 1167 € | 872,55 € | 260 € €/mes |
| 1167 € – 1300 € | 950,98 € | 291 € €/mes |
| 1300 € – 1500 € | 960,78 € | 294 € €/mes |
| 1500 € – 1700 € | 960,78 € | 294 € €/mes |
| 1700 € – 1850 € | 1143,79 € | 350 € €/mes |
| 1850 € – 2030 € | 1209,15 € | 370 € €/mes |
| 2030 € – 2330 € | 1274,51 € | 390 € €/mes |
| 2330 € – 2760 € | 1356,21 € | 415 € €/mes |
| 2760 € – 3190 € | 1470,59 € | 450 € €/mes |
| 3190 € – 3620 € | 1666,67 € | 510 € €/mes |
| 3620 € – 4050 € | 1830,07 € | 560 € €/mes |
| 4050 € – 6000 € | 1928,10 € | 590 € €/mes |
| Más de 6000 € | 1928,10 € | 590 € €/mes |
Cómo se calcula tu rendimiento neto
El rendimiento neto es el resultado de restar a tus ingresos íntegros los gastos deducibles de la actividad (cuotas a la SS, suministros, dietas, asesoría, alquiler de oficina, etc.) y aplicar la deducción del 7% por gastos genéricos de difícil justificación (3% si tributas como sociedad). Sobre ese rendimiento neto mensualizado se determina tu tramo.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Si te das de alta por primera vez (o no estás de alta los últimos 2 años), pagas 87 € al mes durante 12 meses. Si al cabo del año tu rendimiento neto sigue por debajo del SMI, puedes prorrogar la tarifa plana 12 meses más. Después se aplica el tramo de la tabla general.
Regularización al año siguiente
La cuota mensual es provisional. Al presentar la declaración de la renta, la TGSS cruza tus rendimientos reales con la cuota pagada y emite una regularización: si pagaste de menos, debes ingresar la diferencia; si pagaste de más, te devuelven el exceso.
Cómo funciona
La calculadora de cuota de autónomos 2026 estima cuánto pagarás cada mes a la Seguridad Social bajo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, en vigor desde 2023 y con la escala definitiva prevista para 2026. Introduces tu rendimiento neto mensual estimado (ingresos menos gastos deducibles menos el 7% de gastos genéricos) y la herramienta te ubica en el tramo correspondiente y devuelve la cuota mensual a pagar.
El sistema divide a los autónomos en 15 tramos de rendimiento neto, desde menos de 670 €/mes hasta más de 6.000 €/mes. Cada tramo tiene una base mínima y una máxima de cotización, y una cuota asociada. Puedes cotizar por la base mínima de tu tramo (cuota más baja) o por una base superior (cuota más alta, pero más pensión futura, prestación por incapacidad y paro autónomo).
Además de la cuota base, hay bonificaciones importantes que la calculadora no incluye por defecto pero que puedes valorar: la tarifa plana de 87,80 €/mes durante los primeros 12 meses (ampliables a 24 si el rendimiento no supera el SMI), y las bonificaciones por conciliación, discapacidad o zonas despobladas.
Fórmula utilizada
cuota = base_cotización × 0,314El tipo de cotización general del autónomo en 2026 es 31,4% de la base elegida, que incluye: 28,3% contingencias comunes, 1,3% contingencias profesionales, 0,9% cese de actividad (paro autónomo), 0,8% FP y 0,1% MEI.
La base_cotización depende de tu tramo de rendimiento neto: se te asigna una base mínima obligatoria y puedes optar por cualquier base entre esa mínima y una máxima. Cotizar por más da mayor pensión y mejores prestaciones pero cuota más alta hoy.
Ejemplo práctico paso a paso
Un autónomo con rendimiento neto mensual estimado de 2.200 € quiere saber cuál será su cuota en 2026 y si le conviene cotizar por la mínima o subir la base.
- 1. Ubica el tramo de rendimiento neto. Con 2.200 €/mes de rendimiento neto, cae en el tramo "de 1.700 a 1.850" o "de 1.850 a 2.030" (según escala final de 2026). Suponemos tramo con base mínima obligatoria de 1.209,60 €/mes y máxima de aproximadamente 2.030 €.
- 2. Calcula la cuota por la base mínima. Cuota mínima: 1.209,60 × 0,314 = 379,81 €/mes. Anual: 379,81 × 12 = 4.557,72 €. Es la opción más económica en el presente pero minimiza la pensión y prestaciones futuras.
- 3. Calcula la cuota por la base máxima del tramo. Cuota máxima del tramo: 2.030 × 0,314 = 637,42 €/mes. Anual: 637,42 × 12 = 7.649 €. Pagas 3.091 € más al año pero cotizas por 820 € más de base mensual.
- 4. Estima el impacto en la pensión futura. Cotizar por 820 € más durante 25 años ≈ una pensión adicional aproximada de 200-280 €/mes al jubilarte, según la escala vigente en ese momento. Es una rentabilidad razonable si tienes horizonte largo.
- 5. Aplica bonificaciones si procede. Si es tu primer año como autónomo, la tarifa plana te deja la cuota en 87,80 €/mes (12 primeros meses), independientemente del tramo. Ahorro respecto a la cuota mínima: 292 €/mes × 12 = 3.504 € el primer año.
La recomendación general es cotizar por la mínima los primeros años (para reinvertir en el negocio) e ir subiendo la base a partir de los 45-50 años para mejorar la base reguladora de la pensión, que se calcula sobre los últimos 25 años cotizados.
Casos especiales
Tarifa plana del primer año y su reducción progresiva
Los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, con independencia de sus ingresos reales. A partir del mes 13 y hasta el 24 solo se mantiene la cuota reducida si los rendimientos netos previstos no superan el SMI anual; si los superan, se pasa a cotizar por el tramo de ingresos reales que corresponda (por ejemplo, con 2.000 €/mes de rendimiento neto, unos 294 €/mes). Efecto en el cálculo: durante los dos primeros años la cuota puede ser de 80 € en lugar de los 230-300 € que arroja esta calculadora para ingresos medios, un ahorro de 1.800-2.600 € anuales. La contrapartida es que la base de cotización de la tarifa plana es la mínima, por lo que las prestaciones (baja por enfermedad, cese de actividad, futura pensión) se calculan sobre esa base reducida.
Pluriactividad: autónomo que también cotiza como asalariado
Si al mismo tiempo trabajas por cuenta ajena y estás de alta en el RETA, tienes derecho a reducciones específicas de la cuota de autónomo: durante los primeros 18 meses puedes cotizar por el 50% de la base mínima (o el 75% si el empleo por cuenta ajena es a tiempo parcial superior al 50%), y por el 75%/85% en los 18 meses siguientes. No es compatible con la tarifa plana: hay que elegir una u otra. Además, si la suma de las cotizaciones de ambos regímenes supera un umbral que fija la Ley de Presupuestos (en torno a los 16.000 € anuales), la Seguridad Social devuelve de oficio el 50% del exceso de la cuota de autónomos, con límite del 50% de la cuota ingresada por contingencias comunes. Efecto en el cálculo: con la reducción del 50% la cuota mensual del primer año y medio queda en torno a 150 € en lugar de la cuota por ingresos reales.
Regularización anual: la cuota provisional no es la definitiva
La cuota que pagas cada mes se calcula sobre los rendimientos que tú previste. Al año siguiente, cuando la Agencia Tributaria comunica tus rendimientos netos reales a la Seguridad Social, se regulariza: si cotizaste por un tramo inferior al que te correspondía, recibirás una liquidación por la diferencia (sin recargo si pagas en plazo); si cotizaste de más, puedes pedir la devolución o mantener la base más alta. Puedes cambiar de tramo hasta seis veces al año para evitar sorpresas. La calculadora te da la cuota del tramo correcto para el rendimiento neto que introduces; usa el resultado para ajustar tu base en la Seguridad Social si tus ingresos cambian a mitad de año.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el rendimiento neto mensual?
Ingresos anuales menos gastos deducibles (facturas, alquiler, suministros, cotización del propio autónomo del año anterior) menos un 7% adicional por gastos genéricos de difícil justificación (3% si eres autónomo societario). El resultado dividido entre 12 meses de actividad.
¿Qué pasa si mis ingresos reales son distintos de la previsión?
En 2026 sigue vigente la regularización anual: si al hacer la Renta Hacienda comprueba que has ingresado más de lo previsto, la Seguridad Social te reclama la diferencia; si menos, te devuelve. Por eso conviene ajustar la previsión cada trimestre desde la Seg. Social.
¿La tarifa plana de 87,80 € sigue vigente en 2026?
Sí. Se mantiene durante los 12 primeros meses de alta como autónomo, prorrogable a otros 12 si tu rendimiento neto no supera el SMI (aprox. 15.876 €/año). Es la mayor bonificación disponible; aprovéchala al máximo en el arranque.
¿Merece la pena cotizar por una base superior a la mínima?
Depende de tu horizonte. Cotizar por más aumenta pensión de jubilación, incapacidad temporal, permanente y prestación por cese de actividad. Como regla: si te queda menos de 15 años para jubilarte, sí conviene subir base. Si eres joven, prioriza reinvertir en el negocio.
¿Qué diferencia hay entre autónomo y autónomo societario?
El autónomo societario es administrador o socio con >25% de una S.L. Tiene una base mínima superior (aprox. 1.500 €/mes en 2026, cuota ~471 €) y solo puede deducir el 3% en gastos genéricos, no el 7%. También queda excluido de la tarifa plana en la mayoría de casos.
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Fuentes oficiales
Datos y fuentes oficiales
Última actualización: enero 2026¿De dónde salen estos datos?
Esta calculadora aplica los tramos de cotización del RETA y la escala del IRPF según el Real Decreto-ley 13/2022 (sistema de cotización por ingresos reales) y la normativa de IRPF de la AEAT. Puedes consultar la fuente original aquí: BOE — Real Decreto-ley 13/2022.
Última actualización: enero 2026. Si detectas un tramo o tipo desactualizado, escríbenos y lo corregimos en menos de 48 horas.
Esta herramienta ofrece una estimación orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal. Cómo calculamos.
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Aviso: Esta herramienta ofrece estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional de un economista, asesor fiscal o entidad financiera autorizada.