Calculadora IRPF estimación directa 2026 para autónomos

Calcula el IRPF anual de un autónomo en estimación directa 2026. Introduce tus ingresos, tus gastos deducibles y las retenciones que te han practicado tus clientes y obtén la cuota, el tipo efectivo y el resultado final de la declaración.

Actualizado: enero 2026

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Actualizado con los tramos oficiales de la AEAT para 2026.

Datos de tu actividad

Base imponible facturada, sin IVA.

Cuota de autónomos, suministros, asesoría, material, seguros…

IRPF del 15% (o 7%) retenido en tus facturas a empresas.

IRPF a pagar en la declaración

2661,00 €

Rendimiento neto (ingresos − gastos)
30.000,00 €
Gastos de difícil justificación (5%)
− 1500,00 €
Base liquidable
28.500,00 €
Cuota IRPF del ejercicio
5661,00 €
− Retenciones soportadas
− 3000,00 €
Tipo efectivo sobre ingresos
13,48 %
Tipo marginal
30,00 %

Tus retenciones no cubren toda la cuota: la diferencia se ingresa al presentar la declaración de la renta.

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Tramos IRPF 2026 aplicados

Base liquidableTipo aplicable
Hasta 12.450 €19 %
12.450 € – 20.200 €24 %
20.200 € – 35.200 €30 %
35.200 € – 60.000 €37 %
60.000 € – 300.000 €45 %
Más de 300.000 €47 %

Escala general consolidada (estatal + tipo autonómico medio). El tramo autonómico varía según tu comunidad.

Cómo funciona

La calculadora de IRPF en estimación directa 2026 reproduce el mismo camino que sigue la Agencia Tributaria cuando liquida la renta de un autónomo: parte de los ingresos facturados durante el año, resta todos los gastos deducibles afectos a la actividad, aplica la reducción por gastos de difícil justificación propia de la estimación directa simplificada y, sobre el rendimiento neto resultante, aplica la escala progresiva del IRPF vigente en 2026. Al final descuenta las retenciones que tus clientes ya han ingresado en tu nombre para mostrarte si te toca pagar o si Hacienda te devolverá dinero.

La estimación directa es el régimen por defecto de los autónomos en España. Tiene dos modalidades: la simplificada, aplicable cuando la cifra de negocio del año anterior no supera los 600.000 euros, y la normal, obligatoria por encima de ese umbral o cuando se renuncia a la simplificada. La diferencia práctica más relevante es que la modalidad simplificada permite deducir automáticamente un 5% del rendimiento neto en concepto de gastos de difícil justificación, con un tope anual de 2.000 euros, y exime de llevar contabilidad ajustada al Código de Comercio.

El punto crítico del cálculo son los gastos deducibles. Para que un gasto reste en el IRPF debe cumplir tres condiciones simultáneas: estar vinculado a la actividad económica, estar justificado con factura completa a nombre del autónomo y estar registrado en los libros obligatorios. Entran la cuota de autónomos, la asesoría, el alquiler del local, los suministros, el material, la formación, los seguros, las cuotas de colegios profesionales, los gastos de vehículo cuando está afecto al 100% y las dietas con los límites reglamentarios. Si trabajas desde casa puedes deducir el porcentaje de la vivienda declarado en el modelo 036 aplicado a los suministros, con el 30% que fija la ley.

Las retenciones son la otra pieza clave. Cuando facturas a empresas o a otros profesionales aplicas una retención del 15% (o del 7% durante los tres primeros años de actividad) que tu cliente ingresa directamente en Hacienda. Ese dinero ya es un pago a cuenta de tu IRPF anual, y por eso se resta al final. Si facturas mayoritariamente a particulares no habrá retenciones y tendrás que adelantar el impuesto tú mismo mediante el modelo 130 trimestral.

Fórmula utilizada

Rendimiento neto = Ingresos − Gastos deducibles − 5% difícil justificación (máx. 2.000 €) Cuota íntegra = Σ (tramo × tipo) Resultado = Cuota íntegra − Cuota del mínimo personal − Retenciones

La escala del IRPF es progresiva y por tramos: no pagas el mismo porcentaje sobre todo tu rendimiento, sino que cada porción de base tributa a su tipo. En 2026 los primeros 12.450 euros tributan al 19%, la franja hasta 20.200 al 24%, hasta 35.200 al 30%, hasta 60.000 al 37%, hasta 300.000 al 45% y el exceso al 47%, sumando la parte estatal y un tipo autonómico medio.

El mínimo personal y familiar (5.550 euros para un contribuyente menor de 65 años sin cargas) no se resta de la base, sino que se calcula la cuota que le correspondería y esa cuota se descuenta del total. Es una forma técnica de garantizar que ese tramo de renta queda exento con independencia del nivel de ingresos.

El tipo efectivo, que la calculadora muestra junto al resultado, es la cuota dividida entre los ingresos: siempre es bastante menor que el tipo marginal, que es el porcentaje que se aplica al último euro ganado. Esta diferencia es la que hace que facturar más nunca implique cobrar menos.

Ejemplo práctico paso a paso

Marta es diseñadora gráfica autónoma en estimación directa simplificada. Durante 2026 ha facturado 42.000 euros, ha tenido 12.000 euros de gastos deducibles y sus clientes le han retenido 3.000 euros de IRPF.

  1. Rendimiento neto previo. 42.000 € de ingresos − 12.000 € de gastos = 30.000 € de rendimiento neto previo.
  2. Gastos de difícil justificación. 5% de 30.000 € = 1.500 €, por debajo del tope de 2.000 €. La base queda en 28.500 €.
  3. Cuota por tramos. 12.450 € al 19% = 2.365,50 €; 7.750 € al 24% = 1.860 €; 8.300 € al 30% = 2.490 €. Total cuota íntegra: 6.715,50 €.
  4. Mínimo personal. La cuota correspondiente a 5.550 € al 19% es 1.054,50 €, que se descuenta. Cuota líquida: 5.661 €.
  5. Retenciones soportadas. 5.661 € − 3.000 € retenidos = 2.661 € a ingresar en la declaración de la renta.

El tipo efectivo de Marta sobre sus ingresos brutos es del 13,5%, muy lejos del 30% marginal que se aplica a su último tramo. Si hubiera presentado modelos 130 trimestrales, esos pagos también se restarían y el resultado final podría ser incluso a devolver.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre estimación directa y módulos?

En estimación directa tributas por tu beneficio real (ingresos menos gastos), mientras que en estimación objetiva o módulos tributas por unos rendimientos fijados por la AEAT según parámetros como el personal empleado, la superficie del local o el consumo eléctrico, con independencia de lo que ganes realmente.

¿Puedo deducir el coche y la gasolina?

Solo si el vehículo está afecto al 100% a la actividad, algo que Hacienda admite básicamente en transporte de mercancías o viajeros, autoescuelas, comerciales y agentes. En el resto de casos no se admite la deducción parcial en IRPF, aunque el IVA sí puede deducirse al 50%.

¿Se deduce la cuota de autónomos?

Sí, la cuota mensual de la Seguridad Social es un gasto plenamente deducible en el IRPF y es habitualmente uno de los mayores gastos del autónomo, entre 2.400 y 7.000 euros anuales según el tramo de rendimientos.

¿Y si mi resultado sale negativo?

Si la cuota es inferior a las retenciones y pagos fraccionados, la declaración sale a devolver y Hacienda te ingresa la diferencia, normalmente en los meses siguientes a la presentación.

¿Este resultado es el definitivo de mi renta?

Es una estimación de la parte correspondiente a la actividad económica. En tu declaración real se integran además rentas del trabajo, del capital, deducciones autonómicas, aportaciones a planes de pensiones y circunstancias familiares, que pueden modificar el importe final.

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Fuentes oficiales

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Aviso: Esta herramienta ofrece estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional de un economista, asesor fiscal o entidad financiera autorizada.