10 de enero de 2026 · Por Carlos Fernández López · 11 min de lectura

Cuota de autónomos 2026: tabla completa por ingresos reales

El sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, aprobado por el Real Decreto-ley 13/2022, alcanza en 2026 su fase final: 15 tramos de rendimiento neto, cada uno con su base mínima y su cuota mensual asociada. Ya no todos los autónomos pagan lo mismo; ahora cada uno cotiza en función de lo que gana de verdad.

En esta guía repasamos la tabla completa de tramos vigente en 2026, cómo se determina tu rendimiento neto, qué ocurre con la tarifa plana para nuevos autónomos y cómo funciona la regularización que hará la Tesorería General de la Seguridad Social al año siguiente. Al final podrás calcular tu cuota exacta con nuestra herramienta.

Qué cambió con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales

Antes de 2023, el 85 % de los autónomos españoles cotizaba por la base mínima con independencia de sus ingresos. El RDL 13/2022 acabó con esa foto y estableció un despliegue progresivo hasta 2032 de un sistema equivalente al de los asalariados: cada autónomo cotiza según lo que realmente gana.

En 2026, la tabla vigente tiene 15 tramos de rendimiento neto mensual. Cuanto mayor sea tu rendimiento, mayor será la base mínima obligatoria y, por tanto, mayor la cuota. La reforma también ha subido las bases máximas para acercar a los autónomos de rentas altas al esfuerzo contributivo de los asalariados equivalentes.

Cómo se calcula tu rendimiento neto mensual

Ingresos menos gastos deducibles

El rendimiento neto es la diferencia entre tus ingresos íntegros anuales y los gastos deducibles de la actividad: cuotas a la Seguridad Social, asesoría, suministros, material, alquiler de oficina, dietas, formación y viajes profesionales. Sobre el resultado se aplica la deducción del 7 % por gastos genéricos de difícil justificación (3 % si tributas como sociedad).

Divide el rendimiento neto anual entre 12 y obtendrás la referencia mensual que sitúa tu tramo. Es lo mismo que declaras después en la casilla correspondiente de la declaración de la renta, así que no hay margen para "elegir" un tramo más bajo del que te corresponde.

Ejemplo con 30.000 € netos anuales

Un autónomo con 42.000 € de ingresos y 12.000 € de gastos deducibles tiene un rendimiento neto de 30.000 €. Al aplicar la deducción del 7 % (2.100 €), queda en 27.900 €, que dividido entre 12 arroja 2.325 € mensuales. Ese autónomo se sitúa en el tramo 6 de la tabla general de 2026.

Tabla completa de tramos y cuotas en 2026

Estos son los 15 tramos oficiales de la tabla general para 2026 (rendimiento neto mensual → cuota mensual aproximada):

Hasta 670 € → 200 €. Entre 670 y 900 € → 220 €. Entre 900 y 1.166,70 € → 260 €. Entre 1.166,70 y 1.300 € → 291 €. Entre 1.300 y 1.500 € → 294 €. Entre 1.500 y 1.700 € → 294 €. Entre 1.700 y 1.850 € → 350 €. Entre 1.850 y 2.030 € → 370 €. Entre 2.030 y 2.330 € → 390 €. Entre 2.330 y 2.760 € → 415 €. Entre 2.760 y 3.190 € → 440 €. Entre 3.190 y 3.620 € → 480 €. Entre 3.620 y 4.050 € → 525 €. Entre 4.050 y 6.000 € → 578 €. Más de 6.000 € → 590 €.

Puedes ver la tabla exacta actualizada y calcular tu cuota concreta según tu rendimiento con la calculadora de cuota autónomos 2026 de FinanzasClara.

Tarifa plana para nuevos autónomos en 2026

Si te das de alta como autónomo por primera vez (o llevas al menos 2 años sin haber cotizado en el RETA), tienes derecho a la tarifa plana de 87 € al mes durante los primeros 12 meses de actividad, con independencia de tus ingresos reales.

Al cumplir 12 meses, si demuestras que tu rendimiento neto anual sigue por debajo del SMI, puedes solicitar la prórroga de otros 12 meses de tarifa plana. Pasado ese periodo, entras en la tabla general y cotizas por el tramo que te corresponda según tus ingresos.

Cómo funciona la regularización anual

La cuota que pagas cada mes es provisional. Al presentar la declaración de la renta del año siguiente, la Agencia Tributaria comunica a la TGSS tu rendimiento neto real. Con ese dato, la Tesorería recalcula la cuota que te habría correspondido y emite una regularización:

Si pagaste de menos, tendrás que ingresar la diferencia entre lo cotizado y lo que te correspondía. Si pagaste de más, la TGSS te devuelve el exceso de oficio en los meses siguientes. Este mecanismo evita que autónomos con ingresos muy variables acaben pagando de forma incorrecta durante el ejercicio.

Cómo cambiar de base de cotización durante el año

Puedes modificar tu base hasta 6 veces al año en el portal Import@ss de la Seguridad Social. La reforma permite ajustar la previsión a la baja o al alza según cómo evolucione tu facturación real. Si al inicio del año esperabas ganar 3.000 € mensuales netos pero en junio ves que vas a quedarte en 1.800, tiene sentido bajar el tramo para no pagar de más y evitar tener que reclamar la devolución un año después.

Errores frecuentes que debes evitar

Cotizar siempre por la base mínima aunque ganes mucho más: la regularización te pasará factura al año siguiente. Olvidar la deducción del 7 % al calcular el rendimiento neto. Confundir ingresos con rendimiento neto (los gastos deducibles cuentan). No ajustar la base cuando tu facturación cambia sustancialmente. Renunciar a la tarifa plana por desconocimiento cuando cumples los requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un autónomo en 2026 si gana 1.500 € netos al mes?

Se sitúa en el tramo intermedio de la tabla general, con una cuota mensual aproximada de 294 €. Puedes verificar el importe exacto y la base mínima aplicable en la calculadora de cuota autónomos.

¿Se puede seguir cotizando por la base mínima aunque gane mucho?

Provisionalmente sí, pero al año siguiente la regularización te obligará a ingresar la diferencia con la cuota que realmente te correspondía según tu rendimiento neto declarado en la renta. No hay atajos.

¿Tarifa plana en 2026: sigue siendo 87 €?

Sí, se mantiene en 87 € mensuales durante 12 meses para nuevos autónomos, con posible prórroga de 12 meses adicionales si tu rendimiento sigue por debajo del SMI.

¿Cuántas veces puedo cambiar mi base de cotización al año?

Hasta 6 veces, en fechas concretas: 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente. Se solicita por Import@ss.

¿Cuenta la cuota como gasto deducible en la renta?

Sí. Las cuotas pagadas al RETA son gasto deducible al 100 % en la actividad y reducen tu rendimiento neto, por lo que también reducen la base sobre la que se calcula tu tramo el año siguiente.

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